Aspectos psicosociales

La Fibrosis Quística tiene diversas repercusiones en la vida cotidiana de las personas con FQ que pueden afectar negativamente a su integración.

Además de los aspectos médicos que varían de uno a otro, podemos destacar el tiempo diario dedicado a la fisioterapia, la cantidad también diaria de medicación que deben tomar, las pérdidas de escolaridad por los controles médicos o los ingresos por recaídas, las pérdidas de horas de trabajo de los padres, etc.

El Certificado de Calificación de Discapacidad viene a reconocer esta disminución en la vida social y a facilitar unos medios para corregirla, aunque mínimamente.

Subvenciones a las que tienen derecho

El Certificado de Discapacidad es un documento oficial, expedido por la Administración Pública, mediante el cual se acredita la condición (temporal o definitiva) de la discapacidad, siendo el resultado de la valoración multiprofesional (médica, psicológica y social). Para que se pueda otorgar este certificado, la discapacidad debe ser igual o superior al 33%.

La calificación del grado de discapacidad permite el acceso del ciudadano a los beneficios, derechos económicos y servicios que los organismos públicos otorgan.

Aspectos psicosociales

Este certificado debe solicitarse en el Ayuntamiento de la localidad en la que se resida (Servicios Sociales). Se puede solicitar durante todo el año. El equipo de valoración, junto con los informes médicos, sociales y psicológicos, evaluarán la situación médica y social de la persona con FQ, y resolverá asignando un grado de discapacidad al interesado.

Con este certificado, con un grado igual o superior al 33%, se abre un abanico de beneficios en cuestión de salud, educación, formación ocupacional y empleo, vivienda, exención de impuestos, transportes, aparcamiento y otras ayudas.

Prestación de protección familiar de la persona con discapacidad (HIJO A CARGO):

Es una prestación que pueden recibir los padres y los tutores cuyos hijos o tutelados se encuentren en algunos de estos tres casos.

  • Menores de 18 años con el 33% o más de grado de discapacidad: Cuantía a percibir 1000 € anuales.
  • Mayores de 18 años con el 65% o más de grado de discapacidad: Cuantía a percibir 339,70 € mensuales (4.076,40 € anuales).
  • Mayores de 18 años con el 75% o más de grado de discapacidad y con necesidad de ayuda de otra persona: Cuantía a percibir 509,60 € mensuales (6.115,20 € anuales).

Pensión no Contributiva en situación de Invalidez: (PNC)

1. ¿Qué requisitos se tienen que cumplir?

  • Carecer de ingresos suficientes: Que las rentas o ingresos del núcleo de convivencia sean inferiores a 4.755,80 € anuales.
  • Tener 18 años o más y menos de 65.
  • Residir en territorio español habiéndolo hecho durante 5 años, de los cuales 2 han de ser consecutivos e inmediatos a la fecha de solicitud.
  • El grado de discapacidad, debe ser de un grado igual o superior al 65%.

2. ¿Dónde hay que acudir?

A cualquier órgano administrativo que pertenezca a la Administración General del Estado, a cualquier administración de las Comunidades Autónomas o a alguna de las entidades que forman la Administración Local, así como en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.


3. ¿Cuáles son las cuantías?

339,70 € al mes en 14 pagas.


4. ¿Qué tiene que hacer la persona una vez aceptada su situación como pensionista?

El ya pensionista debe informar de las variaciones en su vida que afecten al derecho o a la cuantía de su pensión, es decir, si ha habido cambios en la convivencia, en el estado civil, en el lugar de residencia...
Y deberá también presentar anualmente una declaración de sus rentas o ingresos y de los de su unidad familiar de convivencia.


  • PNC Y TRABAJO

      El derecho a Pensión no Contributiva de Invalidez no impide el ejercicio de aquellas actividades laborales, sean o no lucrativas, compatibles con la discapacidad del pensionista y que no representen un cambio en su capacidad real para el trabajos.